La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hace referencia al derecho al aborto con la solicitud como único requisito hasta la semana catorce (14) inclusive, de gestación.
Las prestaciones requeridas están incluidas en el Programa Médico Obligatorio. Deben acceder a la práctica de IVE/ILE en un plazo máximo de 10 días corridos, desde que la solicite.
La interrupción legal del embarazo (ILE) hace referencia al derecho al aborto en las siguientes situaciones:
a) Si el embarazo es producto de una violación.
b) Si está en peligro la vida o la salud de la persona gestante.
En todos los casos deben firmar un consentimiento informado que está enmarcado en los principios de autonomía de las personas, confidencialidad, privacidad y acceso a la información.
El consentimiento informado lo firma la persona gestante que solicita la IVE/ILE. Todas las personas, con y sin discapacidad, tienen derecho a autorizar por sí mismas la práctica.
Toda mujer tiene derecho a acceder a los servicios de salud sin presiones, violencias, prejuicios ni discriminación por parte de los profesionales o instituciones de salud. Debe recibir información actualizada, veraz y comprensible.
La atención médica debe ser de calidad, con trato digno y respetuoso; debe ser privada y confidencial y sobre todo con respeto por la decisión y autonomía de la mujer.
OSMEDICA garantiza una cobertura total e integral del IVE/ILE a través de sus prestadores directos, y servicio de consejería mediante un equipo interdisciplinario con el objetivo de ofrecer una contención psicosocial, con seguimiento y acompañamiento a la mujer.
Podés solicitar el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)
Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo Ley 27.610.
RNAS-1-2690-8
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